este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en su etapa de transición del Circuito Judicial de Protección de Niños de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por la REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana GARDENIA COROMOTO ACEVEDO BETANCOURT, titular de la cedula de identidad n°: 19.980.018, domiciliada San Luís tercero, sector aeropuerto viejo, casa s/n, en Cumana, Estado Sucre contra el ciudadano VICTOR JOSE VICENT ROQUE, titular de la cedula de identidad N°: 17.911.532,