este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en su etapa de transición del Circuito Judicial de Protección de Niños de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por la REVISION DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por el ciudadano CESAR LUIS FUENTES, titular de la cedula de identidad n°: 5.704.527, domiciliado en Cumana, Estado Sucre, asistido por la Abg. DAISY VASQUEZ, ipsa n°: 54.897 contra la ciudadana GLADYS MARIA BASTARDO SOSA, titular de la cedula de identidad N°: 8.444.513