este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en su etapa de transición del Circuito Judicial de Protección de Niños de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana JENNY CAROLINA BOADA DE CENTENO, titular de la cedula de identidad n°: 13.358.406, domiciliada en los Chaimas, calle 02, casa n°: 24, Cumana, Estado Sucre contra el ciudadano NEIL GREGORIO CENTENO, titular de la cedula de identidad N°: 10.953.534, domiciliado en los Chaimas, calle 02, casa n°: 24, Cumana, Estado Sucre