este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio en su etapa de transición del Circuito Judicial de Protección de Niños de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, intentada por la ciudadana JENNY MARIA VALLEJO, titular de la cedula de identidad n°: 13.359.229, domiciliada en la urb. La Llanada, sector 02, vereda 32, casa n°: 06 Cumana, Estado Sucre, asistida por la Defensora publica en Materia de niños, Niñas y Adolescente contra el ciudadano CESAR LUIS ALVARADO ESPINOZA, titular de la cedula de identidad N°: 11.831.195