Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes. El padre se compromete a aportar por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,oo) mensuales, divididos en CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,oo) quincenales Bonificación de Fin para la compra de ropa, calzados y juguetes por la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 3.500,oo). Un Bono vacacional por la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,oo) De igual manera los progenitores de los niños se comprometen a cubrir el 50% de médicos, medicinas, uniformes y útiles escolares. El padre solicita se ordene la apertura de una cuenta de ahorros para consignar lo referente a la Obligación de Manutención.