Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GILBERTO JOSE ESPINOZA AGUILERA, venezolano, mayo de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.897.978
en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO SUCRE.
SEGUNDO: Se condena a la demandada GOBERNACIÓN DEL ESTADO SUCRE, cancelar a la demandante los siguientes conceptos: Antigüedad, vacaciones y Bono Vacacional Cesta Ticket. Tomando como salario base el establecido en la motiva del presente fallo.
TERCERO: Fideicomiso o intereses sobre la antigüedad, de conformidad a lo establecido en el literal "c" del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, realizada por el experto, el cual deberá al efectuar el cálculo de dichos intereses, desde la fecha en que nace el derecho a la antigüedad en la relación laboral, hasta la fecha de terminación de la mi.....