Para concluir este tribunal pasa a realizar ciertas consideraciones con respecto a la pretensión, el desarrollo del debate probatorio y cuales de estos elementos crearon convicción para la decisión; estamos ante un juicio de Prestaciones Sociales y otros derechos que intenta el ciudadano AGUEDO CATALINO GARCIA, por haber estado vinculado con los demandados por una relación laboral al haber prestado sus servicios como obrero. Los demandados sostienen que el actor nunca ha mantenido relación laboral alguna con ellos, pues nunca ha trabajado para ellos.
Es al actor a quien le correspondía probar la prestación del servicio, no trajo a los autos prueba alguna que demostrara su alegato, por lo que al no lograr demostrar en el probatorio tal argumento por tanto en principio la presunción contenida en la norma del Artículo 65 de Ley Orgánica del Trabajo no debe prosperar, pues del probatorio no se desprende que el actor hubiese prestado sus servicios para los demandados, por ello quien aquí s.....