Este Tribunal, con apego al artículo 151 ya citado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: DESISTIDO el procedimiento que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES ha sido interpuesta por los ciudadanos JUAN ROQUE NARVAEZ FRANCISCO SILVA, ENRIQUE PATIÑO, FELIX RAMOS, LUIS MATA, JESUS GUINAND, JOSE FARIDE, PEDRO MARTINES, JUAN GUIPE, JESUS CARDOZA, LEONARDO CABRERA, ARELIS GUZMAN, JOSE GUEVARA, JORGE VALERIO, PEDRO TILLERO y JOSE BENITEZ. SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dada la naturaleza de la decisión y en razón de la equidad, conforme a lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Concluye la Audiencia de Juicio, siendo las 09:10 am. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.
ABG. LUÍS RAMÓN SALAZAR.