DECIDE: Primero: Se imparte la Homologación de los acuerdos alcanzados por las partes en el proceso, por medio de la transacción. Segundo: Tómese el presente auto de Homologación como cosa juzgada. Tercero: Se declara TERMINADO el presente procedimiento; y Cuarto: Se ordena el archivo de la presente causa.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En la ciudad de Cumaná, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007). Años 197º de La Independencia y 148º de la Federación.
El Juez
Abg. LUIS R. SALAZAR G.