En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, en fecha 12 de Marzo de 2007, contra la decisión proferida en fecha 05 de Marzo de 2007 por este Juzgado.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en la ciudad de Cumaná, a los trece (13) días del mes de Marzo de dos mil siete (2.007). Años 196° y 148°.
EL JUEZ TEMPORAL.
LUIS R. SALAZAR GARCÍA