En consideración a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS interpuesta por la ciudadana EMMA ROSA DÍAZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.824.922, en contra de la sociedad mercantil MERCADOS DE ALIMENTOS, C.A (MERCAL, C.A), inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 16/04/2003, bajo el N°. 12, Tomo 20-A Cto, declarándose como INJUSTIFICADO el despido del cual fue objeto la referida ciudadana. SEGUNDO: Se ordena el REENGANCHE de la ciudadana EMMA ROSA DÍAZ RODRÍGUEZ.....