Habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma este Tribunal HOMOLOGA el desistimiento efectuado por la parte actora, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica, en concordancia con el Artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y no teniendo mas actuaciones que realizar en la presente causa da por Terminado el presente procedimiento y ordena el Archivo Judicial del presente expediente. Líbrese oficio a la Coordinadora Judicial. Cúmplase.
LA JUEZA.
Abg. CAROLINA CHAKIAN M.