Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales, intentada por EDUARD GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.218.898, en contra de "CONSTRUCTORA ODICON C.A".
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de Antigüedad de conformidad con lo establecido en la Convención Colectiva de Trabajo para el área de la Construcción, Vacaciones fraccionadas, utilidades fraccionadas, Botas y Bragas No Dotadas, Bono de Asistencia no cancelado, Bono de alimentación e indemnización por falta de pago oportuno previsto en la cláusula 46, .....