Por todas las razones antes expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la abogada ERIKA PEÑA CASIQUE, inscrita en el IPSA bajo el N° 45.306, actuando en su condición de apoderada judicial de la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA). SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre y se repone la causa al estado de celebración de nueva Audiencia Constitucional previa notificación de las partes. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS. CUARTO: SE ORDENA LA REMISIÓN de las actas procesales a los fines de que Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre a los fines de que sea agregadas a la causa principal y este deberá des.....