Por lo que este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en fecha 14 de Marzo de 2011. SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISION DICTADA POR EL A QUO. TERCERO: ORDENA AL TRIBUNAL DE LA CAUSA CONTINUAR EL PRESENTE JUICIO EN LA ETAPA PROCESAL CORRESPONDIENTE; CUARTO: NO HAY ESPECIAL CONDENATORIA EN COSTAS. QUINTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de origen.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE. En la ciudad d.....