En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante y recurrente. SEGUNDO: SE CONFIRMA LA SENTENCIA dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre en fecha 18/07/14. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales y demás conceptos laborales intentada por CARLOS EDUARDO ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.458.197, en contra de "FELIX CANTALICIO MENDOZA". CUARTO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulte de la experticia complementaria del fallo por los con.....