En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso interpuesto por la ciudadana CARMEN ROJAS, abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 56.376, en su carácter de apoderada judicial de la parte presuntamente agraviada la empresa AGROINDUSTRIAL PROEBA, C.A., en contra de la decisión de fecha 15 de Enero de 2014 proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre. SEGUNDO: Se confirma la decisión de fecha 15 de Enero de 2014 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre. TERCERO: se condena en costas procesales del recurso. CUARTO: REMÍTASE la presente causa en su oportunidad legal al Juzgado de .....