En consideración a todos los razonamientos de hecho antes expuestos y en atención a los méritos que de ellos se desprenden, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandante. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Sucre, en fecha 11 de junio de 2013. TERCERO: CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE ANGEL RIVERO YEGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.942.169, en contra de PDVSA INDUSTRIAL S.A por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCILAES.
QUINTO: Se condena a la demandada a cancelarle a la parte actora la cantidad arroje la experticia complementaria del fallo. En cuanto a la corrección monetaria de los conceptos condenados, se o.....