Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada MILDRED EVELYN GUERRA EDHEGILL, venezolana, mayor de edad, en su carácter de Defensora Pública Penal del Adolescente A. G. M. M., seguida en la causa Nº RP01-S-2006-000263, en contra de la Sentencia Definitiva dictada por el Juzgado de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 03-11-2006, mediante la cual sanciona al prenombrado adolescente, a cumplir la sanción de CINCO (5) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEXIS JAVIER MARTINEZ ZAPATA. SEGUN.....