DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones Sala Especial del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por el abogado TOMÁS JOSÉ ALCALÁ RIVAS, Juez de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, de conocer la causa signada con el N° RP11-P-2007-0036610274, seguida en contra del acusado E. DEL J. G. B., por la presunta comisión de un delito Contra la Propiedad, en perjuicio de la ciudadana JENNY JOSEFINA ROJAS, de conformidad con lo establecido en los numerales 7 y 8 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Tribunal de origen, a los efectos de librar las notificaciones respectivas.-