En base a estas consideraciones es que esta Corte de Apelaciones del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: ANULA la sentencia dictara por el Juzgado de Juicio Accidental en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, en fecha 11-07-2008 y publicada el día 22-07-2008 mediante la cual se SANCIONA POR UNANIMIDAD al acusado C. E. V. M., a cumplir la sanción de CINCO (5) AÑOS DE PRIVACION DE LIBERTAD, por la comisión del delito de VIOLACIÒN, previsto y sancionado en el artículo 374 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente M. DEL C. .F G.. Quedando el acusado en las mismas condiciones. SEGUNDO: Se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y privado con un Juez distinto al que pronuncio el fallo anulado, todo de conformidad con el .....