D E C I S I Ó N
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada BEATRIZ PLANEZ DE LA CRUZ, Defensora Pública Segunda en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, acreditada en las actuaciones del asunto seguido en contra de la adolescente VIRGINIA DEL CARMEN GARCÍA ÁLVAREZ, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, en fecha 06 de Octubre de 2010, mediante la cual declaró Sin Lugar la solicitud planteada por la defensa, en la cual solicita la corrección del error materia.....