Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada LISBETH BEATRIZ PEROZO FERNÁNDEZ, actuando en su carácter de Fiscal Sexta Principal de Responsabilidad Penal del Adolescente del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, contra decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en fecha 13-07-2005, mediante la cual decretó DESESTIMADA TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL y en consecuencia DECRETÓ EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, seguida al adolescente XXXX, por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del Estado Venezolano.-