Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y visto igualmente su contenido, de donde se evidencia que la solicitud presentada fue cumplida, es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara TERMINADA la presente solicitud y se ordena el archivo del expediente.- Así se decide.-