y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanas: YADIRA DEL VALLE YAÑEZ MATA Y SARY DEL VALLE HERNANDEZ ROJAS, venezolanas, mayores de edad, domiciliadas en Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 5.873.283 y 11.966.233, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: FLOR MARIA ROJAS a al ciudadano: GUSTAVO JOSÉ MARTÍNEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°. 10.738.252, y en cuanto a los menores FLORIMAR MARIA, ANGE.....