PUNTO PREVIO: La parte demandante solicitó la Reposición de la causa al estado de dictar sentencia definitiva, en virtud de que la Juez actuante procedió a dictar sentencia sin avocarse y sin notificar a las partes.
En este sentido tenemos que la parte apelante denuncia como rotatorio a sus derechos a la defensa y al debido proceso, la conducta omisiva del Juzgado de la causa al no ordenar su notificación acerca del abocamiento para la reanudación de la causa y posterior sentencia.
Sobre este particular numerosas han sido las sentencias dictadas por la Sala Constitucional, en el sentido de que la falta de notificación a las partes del avocamiento (sic) de un nuevo Juez al conocimiento de una causa en curso podría constituir una violación de la Garantía Constitucional del Derecho de Defensa, no obstante, considera la Sala que para configurarse tal violación, es necesario que efectivamente el nuevo Juez se encuentre incurso en algunos de los supuestos contenidos en.....