y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le concedan TITULO SUPLETORIO, sobre un vehículo cuyas características son las siguientes: Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Marca: Chevrolet, Año: 1.978, Color: Blanco, Modelo: Malibú, Placa: 138-142, Serial del Motor: MHV116068, Serial de Carrocería: 1T19MHV116068, Uso: Por Puesto, y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanas: GLADYS BENITA UGAS TOVAR y YOZAIRA NATALI DOMINGUEZ PINO, venezolanas, mayores de edad, solteras, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.877.427 y 17.217.408, respectivamente, por ante este Tribunal, así como también los recaudos consignados se demuestra el derecho o pretensión de la solicitante. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administr.....