Vista la comisión emanada del Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Andrés Mata, Benítez, Libertador y Arismendi del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, el Tribunal ordena agregar a los autos lo que se cumple en este mismo auto y por cuanto en fecha 09 de Julio del 2.007, se practicó la medida, en la cual compareció el apoderado de la parte demandante abogado LUIS GUILLERMO MEDINA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.390 y por la parte demandada la ciudadana: CARMEN ELENA MATA, asistida por el abogado LUIS CIPRIANO CARREÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 111.824, en la cual establecieron un convenimiento, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Aut.....