Es tal sentido, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la corrección de la Cedula de Identidad que aparece en el escrito presentado el día 30 de Junio del 2004, donde aparece: ¿... CATALINO DEL JESUS, JAVIER RAFAEL, MERCEDES DIONICIA SALARAR ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V.- 6.767.225, V.- 10.227.764 y V.- 10.878.525, Respectivamente,...¿ debió aparecer: ¿... CATALINO DEL JESUS, JAVIER RAFAEL, MERCEDES DIONICIA SALARAR ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V.- 6.767.225, V.- 10.227.764 y V.- 10.878.528, Respectivamente,...¿, que es lo correcto. Expídase copia certificada del escrito que antecede y del presente auto. Así se Decide.