y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanos: CARLOS ANTONIO BRAVO MARTÍNEZ y LICCENIS RAFAEL BOLÍVAR, venezolanos, mayores de edad, el Primero domiciliado en la Urbanización HATO ROMAR III, Calle Principal, Casa N° 09, Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y el Segundo domiciliado en la Urbanización Guayacán de Las Flores, Sector II, Calle 10, Casa N° 13, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 15.882.329 y 11.830.666, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,.....