Vista la diligencia que antecede, suscrita por la Abogado en ejercicio: MILANGELA LEÓN, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 102.807 y en su carácter acreditado en autos, y visto igualmente el convenimiento suscrita por las partes en la Medida Preventiva de embargo practicado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Arismendi, Andrés Mata y Benítez y Libertador, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en fecha 15 de Marzo del 2007; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenimiento; asimismo se ordena levantar la Medida de Preventiva de Embargo decretada por este Tribuna en fecha 06 de Febrero del 2007. E igualmente visto lo so.....