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Decisiones del dia 09/01/2007

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 10] Página 1 de 1
N° Expediente : 15.016 N° Sentencia : ENE-004-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
LUISA LEONARDA YANEZ VS PEDRO MANUEL ROMERO
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
arriba

N° Expediente : 15.124 N° Sentencia : ENE-005-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
ISMENIA DEL CARMEN AGUILERA VS ELENA LORENZO MALAVÉ
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 14.920 N° Sentencia : ENE-006-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
CARYLIAN SOFIA BRAVO VS DANNY RAFAEL QUIJADA
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 14.967 N° Sentencia : ENE-009-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
FRANCISCO GARCIA LANDAETA VS JOSEFINA DEL VALLE VISAEZ
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 15.138 N° Sentencia : ENE-007-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
MANUEL ANTONIO FERNANDEZ VS NOREIDY MONTES
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 15.199 N° Sentencia : ENE-008-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
FLOR RUSSIAN RAMIREZ VS GUSTAVO ENRIQUEZ ESCOBAR
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso ex.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 14.674 N° Sentencia : ENE-010-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
JOSÉ GREGORIO MAZZARELLA VS YANITZA MARILIN MARCANO
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica del proceso exige.....
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Susana García de Malave
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Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 8.949 N° Sentencia : ENE-001-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Daños Y Perjuicios
Partes:
JESÚS SALVADOR MALAVÉ VS CONSTRUCCIONES CARÚPANO C.A
Resumen:
Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada Josmary Gutiérrez, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en el presente juicio, donde ratifica el contenido de la diligencia presentada en fecha 13 de Diciembre, este Tribunal para decidir sobre lo solicitado observa: Que en fecha 28 de Noviembre y 1 de Diciembre de 2006, este Juzgado dicto sentencias Interlocutorias en donde se Negó la Reposición solicitada y la otra referida a la Inadmisibilidad de la Recusación formulada. De ambas decisiones se ordenó la notificación de las partes, constando al folio 87 de la presente pieza N° 4, la devolución de las libradas a la parte demandante, por haberse negado a firmar las boletas el apoderado de la parte demandante siendo evidente por tanto que la propia legislación ha señalado el camino a seguir en tales casos tal como lo señala el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil en virtud de lo cual debe este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercant.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 15.593 N° Sentencia : ENE-002-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Separacion De Cuerpos
Partes:
YERLYN RAMIREZ VS LILISBETH VELÁSQUEZ
Resumen:
visto el contenido de la misma en el cual manifiestan su voluntad de SEPARARSE DE CUERPOS, por mutuo consentimiento. El Tribunal interrogó a los cónyuges acerca de la reconciliación, la cual no se logró por negativa de ambos. En consecuencia, y en vista de lo que establece el Artículo 189 del Código Civil; éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara a los nombrados cónyuges SEPARADOS DE CUERPOS, por mutuo consentimiento en los términos y condiciones por ellos expuestos. Durante el Matrimonio no se procrearon hijos ni surgió Comunidad de Gananciales. Así se decide.- Notifíquese al ciudadano Fiscal Cuarto de Familia del Ministerio Público de éste Circuito Judicial.
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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N° Expediente : 14.877 N° Sentencia : ENE-003-07 Fecha: 09/01/2007
Procedimiento:
Divorcio Ordinario
Partes:
LEONEL JOSÉ LÓPEZ VS CARMEN ADELINA BRITO
Resumen:
Así, tenemos que un proceso puede extinguirse anormalmente, no por actos, sino por omisión de las partes. La Perención de la Instancia es la extinción del proceso que se produce por su paralización durante un año, en el que no se realiza acto de impulso procesal alguno la perención es el correctivo legal de la crisis de actividad que supone la detención prolongada del proceso, El fundamento del instituto de la Perención de la Instancia reside en dos distintos motivos, de un lado la presunta intención de las partes de abandonar el proceso, que se demuestra en la omisión de todo acto de impulso y de otro, el interés publico de evitar la pendencia indefinida de los procesos. El interés procesal esta llamando a operar como estimulo permanente del proceso. Si bien la demanda es la ocasión propicia para activar la función jurisdiccional, no se puede tolerar la libertad desmedida de prolongar al antojo o reducir la dinámica del juicio a un punto muerto, la función publica d.....
Juez/Ponente:
Susana García de Malave
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo
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