Vista el Despacho de Notificación que antecede, emanado del Juzgado del Municipio Valdez, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, este Tribunal ordena agregarlo los autos, y vencido como se encuentra el lapso de Ley, para que la parte demandada, compareciera a exponer lo que crea conveniente, en relación al Desistimiento suscrito por la parte Actora en fecha 27 de Julio del 2007, y por cuanto no compareció persona alguna, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente, se Suspende la Medida de Preventiva de Embargó decretada por este Tribunal en fec.....