Vista la diligencia suscrita por el ciudadano: ALCIDES JESUS RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 13.274.075, asistido por el Abogado en ejercicio JACINTO ROMERO LUNA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 75.105, y visto igualmente el contenido de la misma, en la cual Desiste del presente procedimiento, es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO suscrito de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. En consecuencia se ordena devolver la presente solicitud.- cúmplase lo ordenado.