En el presente caso observa quien suscribe, que el actor ciudadano FELIX JOSE VENERIS pretende el pago de una indemnización de los DAÑOS Y PERJUICIOS MORALES que presuntamente sufrió al ser demandado por el Abogado RAFAEL IZQUIERDO en el juicio de Intimación al Pago signado con el N° 2.124 de la nomenclatura interna del Juzgado del Municipio Bermúdez, señalando que le fue negado un crédito hipotecario por tener un inmueble de su propiedad una medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada con ocasión de dicho juicio.
Ahora bien, de la lectura del presente expediente se evidencia en primer lugar, la existencia del referido juicio de intimación, así como que en el mismo fue decretada medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, en fecha 29 de Abril de 1.999, sobre un inmueble de su propiedad ubicado en esta ciudad de Carúpano, Calle San Rafael, Casa N° 32 Jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con Calle San .....