así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto: ISMAEL JESUS ESPINOZA INCERRI, a los ciudadanos: ISLANDER JOSE ESPINOZA, DIOSMAN MAURICIO NAZARET ESPINOZA VARGAS y del solicitante, ciudadano: UYUSMIR ANTONIO ESPINOZA ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, Músico, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 14.290.380, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.