Vista la anterior diligencia de fecha 27/04/2012, suscrita por la ciudadana MILAGROS ELENA VILLAFRANCA SUAREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.767.974, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ ALBERTO LARES e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.845; mediante la cual DESISTE del presente procedimiento. Y habiéndosele dado cuenta a la ciudadana Juez de la misma, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO solicitado, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se da por terminado el presente proceso. Ello en virtud del juicio que por DIVORCIO 3° CAUSAL intentado por MILAGROS ELENA VILLAFRANCA SUAREZ contra JESUS RAFAEL ARIAS.
LA JUEZ PROVISORIO.,
Abog. MARIA DE LOS ANGELES ANDARCIA.
LA SECRETARIA;