Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara PERIMIDA la instancia en la demanda que por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS incoara el ciudadano MARTINEZ ALI RAFAEL, Venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.695.265 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.431, actuando en su propio nombre, contra los ciudadanos PIETRINI SILVA, SANTIAGO Y BLOHM DE PIETRINI BEATRIZ, venezolanos, mayores de edad, casados y titulares de la Cédulas de Identidad Nros. V-507.039 y 513.905, respectivamente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas por la naturaleza del pronunciamiento que se recoge en la presente decisión.