Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos MERCEDES JOSEFINA GONZALEZ RAMOS Y FAUSTINO RAMON CARABALLO SUBERO, Venezolanos, mayores de edad, Titulares de la Cédula de Identidad N° 6.950.500 Y 3.760.624, respectivamente, domiciliados la primera en Urbanización Guayacán de las Flores, sector 02, calle 11, casa Nº 13 Municipio Bermúdez y el segundo en Avenida Principal de Macarapana sector Chorochoro, casa sin numero de esta ciudad. De confo.....