Por todo lo ante expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de RESTITUCION DE GUARDA, intentada por la ciudadana: FRANCY MAGRIONY SOSA FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.883.662, domiciliada en Urbanización Hato Romar Lote 05, casa Nº 05 Playa Grande Parroquia Bolívar del Municipio Bermúdez, contra el ciudadano JORGE LUIS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.529.667, domiciliado en Barrio Altamira calle Principal s/n Municipio Bermúdez del. Estado Sucre, plenamente identificados en el encabezamientos del presente fallo, a favor de los niños, de conformidad con lo establecido en los artículos 02, 12, 30 y 390 de la LOPNA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Ni.....