Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR EL DERCHO DE VISITAS, solicitado por el ciudadano JOEL JOSE ROJAS JIMENEZ, contra la ciudadana MARIELVIS LOURDES CABRERA DE ROJAS, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del niño, y acuerda el siguiente DERECHO DE VISITAS: Un fin de semana cada quince día con su padre, los carnavales y Semana Santa dos días con su papá y dos días con su mamá, su cumpleaños que sean alternados, el día del padre con su papá y el día de la madre con su mama, en navidad y Año Nuevo serán alternados, las vacaciones Escolares la mitad con su padre y la otra mitad con su mamá, de conformidad con los Artículos, 8, 25, 26, 27, 385 y 386 de la LOPNA, en concordancia con el 26, 75,76 y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.....