Teniendo esta Acta de Convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contraria a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a los niños y adolescente por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir con una obligación legal y natural de los progenitores. En consecuencia este Juzgado de Protección del niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Convenimiento suscrito entre los ciudadanos HEIDIS TERESA BENITEZ GONZALEZ y PEDRO DEL VALLE SUÁREZ GUILARTE, , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 12.886.974 y 12.807.051, respectivamente, domiciliados en Lirio Segunda Calle Nº 95 y en Guayacán de las Flores sector 02, vereda 19, casa Nº 08 Carùpano, Municipio Bermúdez ambos del Estado Sucre. De conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica par.....