Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda REIVINDICACIÓN DE BIENES MUEBLES, solicitada por la ciudadana, ADRIANA LISETH MOYA DIAZ, contra los ciudadanos JULIO CESAR Y CESAR JOSE MONTAÑO LOPEZ Y SOLANGE LOPEZ LEZAMA, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Calle San Félix Nros 45,55 y 57 Carùpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre plenamente identificados en autos.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los Dos (02) días del mes de Julio del año Dos Mil Siete.-