Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente Administrando Justicia en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana JUDITH URBINA VELASQUEZ, contra el ciudadano ANGEL BRAZON NORIEGA, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor del adolescente, y condena al progenitor a suministrar a su hijo un salario mínimo mensual del 40% por concepto de Obligación Alimentaria, mas medio salario mínimo en el mes Agosto para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares y en el mes de Diciembre un salario mínimo para cubrir los gastos de ropa, calzado y juguetes. Todo de conformidad con los artículos 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 369, 30 y 08 de la LOPNA.-