Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara COMPETENTE para conocer de la presente causa, toda vez que debe darle cumplimiento a los Principios Procesales consagrados en el Artículo 450 y 453 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, siendo ello inherente al debido proceso previsto en el Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por tal motivo es por lo que se acuerda librar boleta de notificación al ciudadano EUFEMIO RAMON BRITO RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 12.658.387, domiciliado en la Calle Santa Inés del Barrio Mundo Nuevo, Cumaná estado Sucre, asistido por el Abogado NARCISO JOSE URBANEJA CORONADO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 83.943, a los fines de notificarle que la presente causa se encuentra en este Despacho Judicial, quien se declara Competente, por consiguiente una vez que conste en los autos la re.....