Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONVERSIÓN de la presente SEPARACIÓN DE CUERPOS, en consecuencia DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL existente entre los ciudadanos: JOSE GREGORIO UGUETO Y ROSALBA JOSEFINA RODRÍGUEZ VASQUEZ, de nacionalidades venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 13.360.761 y N° 6.767.080, respectivamente