Este Tribunal Declara Embargado Ejecutivamente los bienes antes descritos, para un total global de ciento noventa y cinco mil seiscientos veintiséis bolívares (Bs. 195.626,00). Es todo. Dichos bienes se encuentran depositados en la avenida Rómulo Gallegos en el estacionamiento "San Isidro" Cariaco Estado Sucre. En este acto toma la palabra el ciudadano Sany Rojas Farias abogado asistente de la parte actora quien expone: solicito al tribunal de la causa con extrema urgencia la autorización al depositario Judicial la venta de las diferentes piezas de carne que fueron Embargadas Ejecutivamente por el Tribunal Ejecutor ya que son bienes perecederos, así mismo a este Tribunal se remita la Comisión a los fines de la solicitud, así mismo me reservo el derecho a seguir embargando bienes propiedad del demandado, es todo. Este Tribunal vista la solicitud hecha por el abogado lo acuerda de conformidad.