En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ, DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: JOEL DAVID MONTANA RIVAS y ROSALBA DEL CARMEN GAMERO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cédula de Identidad Nº V- 8.252.513 y V- 14.856.347, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio MERCEDES GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 55.857 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Catalina del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, en fecha 18 de Diciembre del año 2004.-
Definitivamente firme como haya quedado el fallo dictado, remítase bajo oficio, Copia Cer.....