En consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO BERMÚDEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE A LOS CIUDADANOS: RONNY JOSÉ RODRÍGUEZ MARVAL, CRISTOBAL ENRIQUE RODRÍGUEZ VILLARROEL, CRISTOBAL ENRIQUE RODRÍGUEZ MARBAL, LUINY ENRIQUE RODRÍGUEZ MARVAL, LUIS ALFREDO RODRÍGUEZ MARVAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 13.729.476, V- 1.916.753, V- 5.856.184, V- 9.457.157, V- 9.457.154, respectivamente, sus derechos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: DORIS MARVAL DE RODRÍGUEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad numer.....