Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Municipio Bermúdez del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN, incoada por el ciudadano JULIAN JOSÉ ROMERO LOERO, representado judicialmente por los abogados CARLOS ENRIQUE MENESES y GERTRUDIS MARCANO, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 44.874 y 41.982, respectivamente, contra la Sociedad de Comercio BOGARDI C.A..- SEGUNDO: SE CONDENA a la empresa demandada, Sociedad Mercantil, BOGARDI, C.A. a reembolsar al ciudadano JULIAN JOSÉ ROMERO LOERO, la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL BOLIVARES (Bs. 97.000,oo), que corresponde a la cantidad de dinero que el actor le entregó a la demandada.- TERCERO: SE CONDENA a la demandada a cancelar los intereses vencidos, calculados a la tasa del 12% anual, desde 10 de marzo de 2008 hasta la fecha de.....